El Grupo Municipal Socialista (PSOE) en el Ayuntamiento de Mieres, al amparo de lo establecido en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, presenta para su debate y aprobación en Pleno la siguiente moción
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Hasta hace bien poco y a través de un Bando, el Ayuntamiento de Mieres requería a los propietarios de los inmuebles de uso residencial para que procedieran a su limpieza externa, revoque y pintado de fachadas; reparación de desconchados, reposición de los elementos de revestimiento que se encuentran en mal estado y arreglo de canalones y bajadas de aguas deteriorados de forma que no viertan directamente sobre las aceras y calles.
Para ello se concedía mediante este bando, que tenía que ser redactado anualmente convirtiéndolo en una especie de medida de gracia, la bonificación total de las tasas e impuestos municipales.
Los Socialistas mediante esta moción queremos recuperar de alguna manera esta iniciativa trasladándola a las ordenanzas fiscales adquiriendo así un carácter más de derecho que de “medida de gracia".
MOCIÓN
1) Añadir a la Ordenanza fiscal 1.04 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el artículo 5.- Bonificaciones los siguientes puntos:
d) Un 95% para obras de mejora de fachadas, en inmuebles destinados a Los solicitantes estarán bonificados, también y en el mismo porcentaje, del pago de las tasas por ocupación de terrenos de uso público, durante el plazo de ejecución de estas, que se determinará por dirección de Obras.
e)Un 95% para obras de retejo parcial, reparación o sustitución de canalones, en inmuebles destinados a viviendas. Los solicitantes estarán bonificados, también y en el mismo porcentaje, del pago de las tasas por ocupación de terrenos de uso público, durante el plazo de ejecución de estas, que se determinará por dirección de Obras.
Las bonificaciones d) y e) no se otorgarán para aquellas construcciones, instalaciones u obras que constituyan edificaciones de nueva planta y la bonificación alcanzará solamente a la parte del presupuesto destinado a realización de las obras especificadas en dichos apartados.